Favor de hacer el cheque pagadero a Aldine ISD.

Sí. Está ubicado en la esquina noreste del edificio de la Oficina de Recaudación del Impuesto y Museo de Aldine ISD. No deje dinero en efectivo. Identifique su pago con el número de cuenta, dirección de la propiedad, o con el nombre que aparece en la cuenta. 

Envíe su pago con el talonario/parte de abajo de su estado de cuenta tributario a: 

P. O. Box 203989 

Houston, TX 77216-3989 

IMPORTANTE: DEBE incluir el talonario/parte de abajo del estado de cuenta con su pago para evitar un retraso en el registro del mismo. 

Sí.  Puede pagar por teléfono o en línea. Tenga en cuenta que si decide pagar con tarjeta de crédito o cheque electrónico se cobrará una comisión. Aldine ISD no recibe parte alguna de este cobro. 

Consulte nuestras opciones de pago en el enlace 

«Opciones de pago». 

La factura se enviará al propietario del bien inmueble y a la compañía hipotecaria, si la solicitaron antes de que imprimiéramos y enviáramos las facturas. Si Ud. no está seguro si su compañía hipotecaria recibió una factura, anote el número del préstamo hipotecario en su factura y envíela al departamento de garantías de la compañía. Cualquier compañía hipotecaria puede imprimir una factura de impuesto desde este sitio web. 

Sí. Puede pagarlo por teléfono con una tarjeta de crédito o un cheque. Tenga en cuenta que se cobrará una comisión. Aldine ISD no recibe parte alguna de este cobro. 

Consulte en nuestro enlace «Búsqueda de propiedades». 

La Oficina de Recaudación del Impuesto de Aldine ISD no avalúa bienes inmuebles. Esto lo hace el HCAD 

(Distrito de Tasación del Condado de Harris). Comuníquese con el HCAD para resolver una disputa llamando al 713.957.7800.  El HCAD es la única entidad autorizada para realizar el avalúo de las propiedades ubicadas dentro de los límites de Aldine ISD. 

Sí, si cumple con los requisitos. Se puede establecer un acuerdo de pago a plazos por lo adeudado de años anteriores. Comuníquese con nuestra oficina al 281.985.6455 para obtener más información. 

Podrá leer nuestra política de pago a plazos en el enlace «Formularios». 

El Código del Impuesto sobre la Propiedad de Texas exige el cobro del impuesto escolar a todos los propietarios de los bienes inmuebles ubicados dentro de los límites del distrito escolar. El impuesto sobre la propiedad se tasa sobre el valor de su propiedad. El HCAD determina el valor de las propiedades. 

Las exenciones fiscales reducen el valor tributable de su propiedad. Esto reduce el monto del impuesto. Algunas de estas exenciones son:  

Vivienda de domicilio - $ 25,000 – exención disponible a todos los propietarios de vivienda y aplicada a su vivienda siempre y cuando hayan vivido allí el 1.o de enero del año fiscal. 

Mayores de 65 años – $ 20,000 – Puede recibir esta exención además de la exención por Vivienda de domicilio. Los propietarios de vivienda mayores de 65 años pueden solicitar también una Declaración Jurada para Aplazar el Impuesto. Usted puede optar por diferir la recaudación del impuesto si es propietario de la vivienda que ocupa y si tiene atrasos en el pago del mismo; no obstante, se mantiene un gravamen impositivo sobre la propiedad y continuará acumulando un interés anual del 5%.

Vivienda de persona discapacitada - $ 20,000 - Se puede tomar en adición a la Exención por Vivienda de domicilio. Está disponible para quienes cumplen con los requisitos conforme a directrices específicas. Usted podrá solicitar la exención por Vivienda de Persona Discapacitada si tiene derecho a recibir los beneficios por discapacidad del Programa Federal de Seguro de Vejez, Sobrevivientes y Discapacidad administrado por la Administración del Seguro Social. 

Si usted tiene derecho a recibir la exención para los mayores de 65 años y también la exención por discapacidad, deberá elegir una de las dos. No podrá recibir ambas exenciones fiscales. 

Veterano discapacitado/Sobreviviente – Usted debe residir en Texas para recibir esta exención. Además, deberá tener documentos de la Administración de Veteranos o rama correspondiente de las Fuerzas Armadas indicando el porcentaje de su discapacidad relacionada con el servicio militar. El nivel de su discapacidad debe ser al menos 10 por ciento. Esta exención fluctúa entre $ 5,000 y $ 12,000 dependiendo del alcance de la discapacidad. Puede solicitar esta exención para cualquier bien inmueble en Texas; no se limita a la vivienda de su propiedad. No obstante, deberá elegir solo una propiedad para recibir la exención. Esta exención es en adición a su exención por discapacidad. 

Si tiene preguntas, comuníquese con el HCAD llamando al 713.957.7800. 

Llame al HCAD al 713.957.7800. Es la única autoridad que otorga exenciones fiscales sobre las propiedades ubicadas dentro de los límites de Aldine ISD. Además, podrá encontrar todos los formularios necesarios para estas exenciones en el sitio web del HCAD.  

No. Al cumplir 65 años usted recibe una exención adicional que reduce el monto del impuesto que usted debe pagar y congela el monto a pagar, pero no elimina el impuesto. El condado puede ofrecer una cantidad grande en concepto de exención para los mayores de 65 años. En ciertos casos, si la cantidad de la exención es superior al valor de la propiedad, es posible que no haya un impuesto que pagar en esa oficina.  Los propietarios mayores de 65 años también pueden pagar su impuesto en cuatro cuotas iguales. El primer pago vence el 31 de enero. Los tres pagos restantes vencen el 31 de marzo, 31 de mayo y 31 de julio. Los pagos que se reciban después de la fecha de vencimiento acumularán multas e intereses.  

Los distritos escolares de Texas ofrecen la opción de pagar el impuesto en cuatro cuotas a los contribuyentes mayores de 65 años y a los discapacitados. Es posible que algunas compañías hipotecarias ubicadas fuera de Texas no sepan que muchas personas mayores de 65 años o discapacitadas utilizan esta opción de pago. Esta oficina no se comunica con ninguna compañía en relación con los impuestos impagos. Es posible que la compañía haya encontrado en línea un saldo adeudado en la cuenta y asumiera que los impuestos estaban sin pagar. Enviamos a usted una carta explicando el plan de pagos. Envíe una copia de esa carta a la compañía hipotecaria. Será documentación suficiente sobre su calendario de pagos. La compañía puede visitar nuestro sitio web para verificar que usted tiene un saldo que disminuye y que los pagos se efectuaron. 

Sí; a menos que usted tenga derecho a un aplazamiento del impuesto sobre su propiedad. No obstante, su obligación tributaria solo se pospone y no se cancela. Sus impuestos morosos continuarán acumulando interés a una tasa del 5% anual una vez se haya otorgado el aplazamiento. Si una demanda para cobrar impuestos atrasados ya fue presentada, usted deberá entregar una Declaración Jurada para Aplazar el Impuesto. Comuníquese con el HCAD para solicitar el aplazamiento llamando al 713.812.5800. 

Empiece solicitando la exención de vivienda para los mayores de 65 años en el distrito de tasación del condado donde vivirá. Pregunte a qué oficina(s) deberá enviar el original de su Certificado de Transferencia del Límite de Impuestos. Podrá obtener este certificado en el distrito de tasación del condado desde donde se muda. 

Las facturas de impuestos se envían por correo postal por lo general antes del Día de Acción de Gracias. El impuesto vence al recibir la factura. Los pagos efectuados antes del 31 de enero no acumularán multas ni intereses. El impuesto cae en mora el 1.o de febrero. 

Esta oficina está obligada a recaudar el monto adeudado en la fecha que indica el matasellos del Servicio Postal de los EE. UU. Si su cheque tiene fecha del 31 de enero, pero el matasellos está fechado 12 de febrero, debemos recaudar el monto correspondiente a febrero. Permítanos sugerirle que envíe su pago con anticipación para asegurar que la fecha en el matasellos sea la adecuada. Consulte nuestra sección Opciones de pago para obtener información adicional. 

Contacte al HCAD para agregar la exención a su propiedad. Usted solo podrá recibir la exención de  vivienda de domicilio si se es propietario de la vivienda donde vive el 1.o de enero del año fiscal. Si se muda después de esa fecha no tendrá derecho a la exención sino hasta el próximo mes de enero. Los impuestos vencen siempre cuando recibe la factura y caen en mora el 1.o de febrero. Nunca sugeriremos que el propietario espere a recibir una exención para pagar el impuesto. Usted no querrá utilizar el monto ahorrado con la exención para cancelar las multas e intereses debido a una demora en pagar. Cuando nos hayan notificado de su exención, recibirá un reembolso si el impuesto ya había sido pagado. Si está sin pagar, recibirá una factura por el impuesto no pagado con la exención y con multa e intereses, si corresponden. 

Como propietario, usted tiene la responsabilidad de pagar el impuesto a tiempo. Las facturas se envían por correo postal y el impuesto se vence en las mismas fechas todos los años.  Usted no necesita una factura para efectuar el pago; solo escriba el número de su cuenta en el cheque e incluya la cantidad correcta. 

La única autoridad que cambia el registro de la propiedad y la dirección (incluyendo por faltas ortográficas) es el HCAD y no la Oficina de Recaudación del Impuesto. Contacte al HCAD llamando al 713.957.7800. 

La Oficina de Recaudación del Impuesto no puede cambiar el registro de una propiedad. El propietario actual de un bien inmueble (agente propietario) tiene la responsabilidad de gestionar el registro de la propiedad y su dirección en el HCAD tan pronto adquiere la propiedad. Si le preocupa que esto no se haya hecho, contacte al HCAD al 713.957.7800. 

Se tomarán acciones legales en su contra para recaudar el impuesto adeudado. Esa acción podrá resultar en la venta de su propiedad. Si adeuda impuestos atrasados, deberá comunicarse con esta oficina inmediatamente llamando al 281.985.6455.

Al cierre, debieron haberle informado a usted el impuesto sobre la propiedad en la declaración de cierre. Verifique en ella lo referente a la disposición de los fondos que le corresponden de la porción del impuesto del propietario anterior. Esta información sirve de aviso de la obligación tributaria que hay sobre la propiedad, informa y hace responsable al nuevo propietario de la totalidad de la factura fiscal. El distrito escolar no prorratea el impuesto. Cualquier prorrateo debió ocurrir al momento del cierre. 

Las leyes fiscales ordenan que las oficinas de recaudación envíen por correo las facturas del impuesto moroso al propietario actual del bien inmueble. Ya que hay un gravamen impositivo sobre esa parcela, conviene que el propietario actual esté en conocimiento de ese gravamen. En el estado de Texas el impuesto va con la propiedad. Debe consultar a su compañía de títulos de propiedad lo concerniente a la disposición del impuesto no pagado y vencido al momento del cierre. Es posible que se hubieran asignado fondos al momento del cierre para cancelar este impuesto. 

Todas las empresas pagan un impuesto sobre la propiedad personal comercial, como son muebles, accesorios, maquinaria, equipo, inventario y  vehículos. Es probable que la factura que recibió haya sido por la propiedad personal de la empresa y no por la propiedad inmobiliaria en sí. La propiedad inmobiliaria se grava por separado y la factura se envía a su propietario.

Todas las empresas pagan un impuesto sobre la propiedad personal comercial, como son muebles, accesorios, maquinaria, equipo, inventario y vehículos. utilizados para generar ingresos. Es probable que la factura de impuestos que usted recibió correspondía a la propiedad personal de su empresa y no a la propiedad inmobiliaria en sí. Esta última se grava por separado y la factura del impuesto se envía al propietario del inmueble. Dirija sus preguntas al HCAD al 713.957.7800. 

Usted será responsable por el impuesto a la propiedad personal comercial de la que fue propietario al 1.o de enero. No está exonerado de pago del impuesto porque ya no sea el dueño de la propiedad. Es importante que contacte al HCAD si cambió de local o si ya no es propietario de la empresa. Si no los contacta, su cuenta permanecerá en el registro de propiedades sujetas a gravamen y le pueden cobrar impuestos en el futuro. 

El Capítulo 22 del Código Fiscal de Texas exige a los propietarios de una propiedad personal comercial entregar una descripción de dicha propiedad al jefe de tasaciones antes del 15 de abril de cada año y también prescribe la sanción por un incumplimiento. La Asamblea Legislativa de Texas estableció esta sanción  para aquellas empresas que no rindan la descripción de sus bienes personales comerciales o la presenten tarde al Distrito de Tasación de su condado. La multa es generalmente el 10% del monto del impuesto gravado finalmente sobre la propiedad personal comercial. 

Debe contactar al HCAD. La Oficina de Recaudación del Impuesto no tiene autoridad sobre esta materia. 

Será sujeto de una acción civil para la recaudación a través de los tribunales. 

Puede obtener un certificado fiscal en nuestra oficina a un costo de $10.00 (en efectivo). Hay que solicitarlo por escrito. El tiempo de espera suele ser de 7 a 10 días hábiles por cada certificado. Le llamaremos cuando esté listo para su impresión. No preparamos certificados por adelantado. Nuestro sistema exige una fuente de pago antes de generar un certificado fiscal. Expediremos el certificado una vez hayamos recibido el pago. El tiempo de espera es de entre 5 y 10 minutos por certificado. Pudiera haber un tiempo de espera más largo en los meses de diciembre y enero.